Reyes
de Roma
La monarquía romana (en latín, Regnum
Romanum) fue la primera forma política de gobierno de la ciudad
estado de Roma, desde el momento legendario de su fundación el 21 de
abril del 753 a. C., hasta el final de la monarquía en el
509 a. C., cuando el último rey, Tarquinio el Soberbio,
fue expulsado, instaurándose la República romana.
La lista de reyes romanos es la siguiente:
-Rómulo (753-716 a. C.)
-Numa Pompilio (716-674 a. C.)
-Tulio Hostilio (674-642 a. C.)
-Anco Marcio (642-617 a. C.)
-Tarquinio Prisco (617-579 a. C.)
-Servio Tulio (579-535 a. C.)
-Tarquinio el Soberbio (535-509 a. C.)
¿Por
qué el cambio a la república?
El cambio llegó con
la expulsión del rey Tarquinio,en el año 509 a.C.
Tras la expulsión de Tarquinio, el Senado decidió abolir la monarquía, convirtiendo a Roma en una república en el año 509 a. C. Lucio Junio Bruto y Lucio Tarquinio Colatino, sobrino de Tarquinio y viudo de Lucrecia, se convirtieron en los primeros cónsules del nuevo gobierno de Roma, el que a la larga lograría la conquista de casi todo el mundo mediterráneo, y que perduró durante casi quinientos años hasta la ascensión de Julio César y César Augusto.
Tipos
de Asambleas en la época Romana
1. Asamblea por curias
El Comicio por Curias era la más antigua asamblea romana después del Comisio Calata. Cada una de las 3 tribus antiguas tenía 10 curias, y estas a su vez 100 hombres. En total eran entonces 3000 personas que constituían las curias juntas. Este órgano, en un principio, elegía a los más altos magistrados, pero posteriormente sólo confirmaba e inauguraba las elecciones de la Asamblea por Centurias.2. Asamblea por centurias
El Comicio por centurias incluía a patricios y plebeyos organizados dentro de 5 clases económicas (teoría hoy en día bastante desechada por cualquier historiador; pocos hablan de más de dos clases [ako])(los Caballeros y Senadores eran la Primera Clase) y distribuidos entre divisiones internas llamadas centurias. La membresía de la Asamblea requería cierto estatus económico, y poder el cual principalmente recaía en los miembros de la primera y segunda clases. La asamblea se reunía anualmente para elegir a los cónsules y pretores, y cada cinco años para elegir a los Censores. También se reunían para intentar casos de alta traición (perduellio), aunque esta última función cayó en desuso después de que Lucio Apuleyo Saturnino introdujera un formato más realizable (maiestas). (traición pequeña)
El voto de un ciudadano no contaba dentro de la Asamblea por Centurias. Más, el voto individual era contado dentro de su Centuria y determinaba el voto final de aquella Centuria. A causa de que sólo las primeras 18 Centurias (reservadas a la clase Patricia) mas las 80 con mas de 100.000 ases, poseían un número nominal de miembros (98), miembros de otras Centurias ejercían una influencia desproporcional sobre los votos finales de cada una de ellas. (el total de centurias era de 193).
3. Asamblea por tribus
El comicio por Tribus incluye a patricios y plebeyos distribuidos entre 35 tribus en las cuales todos los ciudadanos romanos son ubicados para propósitos administrativos y electorales. La mayoría de la población urbana de Roma estaba distribuida entre 4 tribus urbanas, lo cual significaba que sus votos individuales eran insignificantes. Como en la Asamblea por Centurias, el voto era indirecto, con 1 voto proporcionado por cada tribu. El voto era por lo tanto inclinado en favor de las 31 tribus rurales. La asamblea por tribus se reunía en el Foro Romano, elegía a los ediles (curules solamente), y los cuestores. Pero a los tribunos de la plebe no lo elegía la asamblea tribal, sino la asamblea de la plebe, a la que no tenían acceso los patricios. La asamblea por tribus condujo además, la mayoría de los juicios, hasta que el dictador Lucio Cornelio Sila estableciera las Cortes (quaestiones)4. Asemblea de la plebe
Los tribunos de la plebe surgieron como contrapoder de los cónsules, en número de dos y para defender a los plebeyos. Su función esencial es proteger a la plebe individualmente o como clase, contra eventuales arbitrariedades de los magistrados patricios. Para el ejercicio de este auxilium se valían de la intercessio, del derecho de veto con el que pueden detener e impedir las órdenes, los decretos, las levas del Cónsul, las decisiones del Senado, las propuestas de ley, las elecciones, y las convocatorias a comicios para cualquier fin así como todo acto de los poderes públicos, hasta el extremo de poder detener toda la maquinaria de Estado. Esta actividad la ejerce por petición del ciudadano o por su propia iniciativa.
Las
funciones de los cargos de la época
-Cónsul:
El
cónsul
era el magistrado de más alto rango de la República de Roma. El
cargo era anual y colegiado, eligiéndose a dos cónsules cada año
entre ciudadanos mayores de cuarenta y dos años.1 Su cometido era la
dirección del estado y, especialmente, del ejército en campaña.
Sin embargo, tras el establecimiento del Imperio los cónsules fueron
una figura meramente representativa de la herencia de la Roma
republicana, ostentando muy poco poder y autoridad, ya que el
emperador actuaba como líder supremo.
-Pretor: Un
pretor (del latín prætor) era un magistrado romano
cuya jerarquía se alineaba inmediatamente por debajo de la de
cónsul. Su función principal era la de administrar justicia en la
fase in iure, conceder interdictos, restitutiones in integrum y otras
funciones judiciales. Este cargo, llamado pretura, fue creado
en el año 366 a. C.
-Censor: El Censor
era uno de los magistrados colegiados de la antigua República
romana, tratándose de una magistratura colegiada formada por dos
censores, que eran elegidos cada cinco años por los comitia
centuriata presididos por uno de los cónsules. El cargo,
denominado censura, era responsable de la realización del
censo, la supervisión de la moralidad pública, y de ciertos
aspectos de las finanzas públicas.
Su trabajo en el marco de la regulación de la moralidad pública
es el origen del significado actual del término censura.-Edil: Edil (en latín, Aedilis) era una magistratura de la antigua Roma. Existían dos cargos llamados edil:
Edil curul, cargo al que podían optar los patricios y los plebeyos, nacido a imagen de los ediles plebeyos. Se encargaba, entre otras tareas, de la organización de los juegos, de la vigilancia de pesos y medidas en los mercados, y de resolver los pleitos menores relacionados con el comercio, siempre bajo la supervisión del Pretor Urbano. Era un escalón del cursus honorum. Eran elegidos por todos los ciudadanos.
Edil plebeyo, cargo reservado a las personas de origen plebeyo, al que sólo podían acceder éstos. Era una concesión política a su clase, y que les permitía ascender en el cursus honorum a través de un puesto que suponía un menor coste económico (no tenían que pagar la organización de los juegos). Su misión original consistía en atender el mantenimiento de los templos específicamente plebeyos, a las órdenes de los Tribunos de la Plebe, pero después de las Leges Liciniae-Sextiae, asumieron funciones similares a las de los ediles curules. Al estar vinculado al tribunado de la plebe, no formaba parte del cursus honorum. Eran elegidos únicamente por los plebeyos.
Cuéstor: Los primeros cuestores fueron jueces encargados de los casos de asesinato y de insurrección o alta traición. Con el tiempo su denominación más común fue Decumviri Perduillionis et parricidii. Eran nombrados para cada caso y no constituían una magistratura permanente.
A fines del siglo III a. C., los decumviri o cuestores perdieron sus atribuciones judiciales, que pasaron a los triunviri nocturni.
Simultáneamente a estos cuestores judiciales existieron los cuestores administrativos, en los cuales delegaba el rey la administración de los fondos públicos. Con la República (420 a.C.), sus funciones pasaron a los cónsules que las delegaron en dos cuestores civiles (para el Tesoro público) y dos cuestores militares (para las arcas del Ejército). Es en ese momento en el que los plebeyos logran el acceso a la Cuestura, hasta entonces reservada a los patricios. Su número seguiría incrementándose hasta llegar a 40 en época de César.1 Más tarde su nombramiento pasó a los comicios tribunados.
Tribunos de la plebe: Tribuni Plebis, (que no hay que confundir con los tribunos militares ya existentes, con funciones en el ejército) fue establecido como un contrapoder plebeyo en el interior de la ciudad al poder patricio de los cónsules.
Fuera de la ciudad sólo tenía poder (imperium) el mando militar de los Cónsules, o del Dictador en su caso. El poder del Tribuno sólo tenía efecto dentro de los límites de Roma. Su capacidad de veto no afectaba a las provincias ni a los gobernadores de las mismas y su carácter sacrosanto desaparecía a partir de una milla de distancia de las murallas de Roma.
El senado bajo la monarquía (Siglos VIII-VI a.C.)

El Senado - en latín senatus - nació como una institución consultiva de la monarquía romana, formado exclusivamente por 30 patricios (un representante de cada gens) al principio, y luego 300. Adquirió mayores prerrogativas con la República, pasó a refrendar a través de su auctoritas los actos de los cónsules, extendiendo su competencia a los actos de otros magistrados y Comicios, temas religiosos, conflictos entre magistrados, policía, crímenes con pena capital cuando esta era conmutada, cuestiones militares y financieras y tratados internacionales.
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